• Asignatura: Historia
  • Autor: anambecerra04
  • hace 2 años

¿qué consecuencias trajo el estado sitio en décadas atrás?


franciscolaviadeacha: Depende mucho en que pais
anambecerra04: Colombia

Respuestas

Respuesta dada por: franciscolaviadeacha
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Respuesta:    

  En una conferencia titulada ‘Del Estado de sitio al Estatuto de Seguridad: Estado de Conmoción Interior y decreto 575 de Duque’, Pérez afirmó que “toda la historia constitucional colombiana está plagada de ley marcial; apenas vinimos a superarla a partir del año 1987”.

Este argumento también lo sostuvo García Villegas en su artículo en El Espectador:

“Inicialmente el estado de sitio fue utilizado en las ciudades para reprimir –en un principio tímidamente– las manifestaciones de descontento, así como para resolver problemas derivados (…) de la época de La Violencia. Durante la década de los años 70 y principios de los 80, las Fuerzas Armadas y los organismos de seguridad del Estado obtuvieron prerrogativas propias de un régimen militar, lo cual les eximió de los costos políticos del ejercicio directo del poder. (…) A finales de 1970 el 30% de los delitos del Código Penal eran competencia de cortes marciales”, sostuvo el investigador.

Ver también: CIDH recibe informe de Organizaciones No Gubernamentales durante su visita de trabajo a Colombia

En esa época, a finales de la década de los 70 y principios de los 80, el presidente Julio César Turbay Ayala decretó una de las medidas más controvertidas de su Gobierno, amparado en el estado de sitio, “el llamado Estatuto de Seguridad, un conjunto de normas que otorgaba a las fuerzas de seguridad la función de policía judicial, transfería a la justicia penal militar delitos contra el orden público y suspendía algunas de las libertades y garantías individuales”, explica el historiador Eduardo Durán-Cousin en su libro Colombia, el país de los extremos.

La CIDH, en su informe sobre Colombia en 1981, señaló que “las condiciones derivadas del estado de sitio, vigente en forma casi ininterrumpida por varias décadas, se han traducido en una situación endémica que ha afectado, en cierta medida, el pleno goce de las libertades y derechos ciudadanos, por cuanto, entre otros aspectos, se ha permitido el juzgamiento de civiles por tribunales militares”.

Según cifras presentadas por la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) a la Comisión de la Verdad en marzo de este año, en el periodo entre 1973 y 1984 se registraron 73.768 violaciones a los derechos humanos, tras recopilar la información y la “normatividad expedida por los gobiernos de la época en vigencia del Estado de Sitio”.

De esas cifras, el principal hecho victimizante fueron las detenciones arbitrarias “con 40.554 casos”, de las cuales 4.635 fueron entre 1979-1982. También llama la atención que, de los 754 hechos de tortura reportados en el periodo 1973-1984, 446 personas fueron torturadas entre 1979-1982.

De las 729 personas sometidas a consejos de guerra en el universo de la base de datos, 577 de ellas, el 91%, fueron entre 1979 y 1982, los años del Estatuto de Seguridad.

Y de igual manera resalta el informe que “129 personas fueron desaparecidas forzadamente entre 1973-1984, 126 de las cuales ocurrieron entre 1979-1984 (97,6%). Solo entre los años 1981 y 1982, las desapariciones forzadas sumaron 105 víctimas”.

Este informe fue presentado a la Comisión de la Verdad apenas en marzo de 2021, antes de que estallaran las protestas en Colombia, el 28 de abril. Hoy pueden ser leídas como elemento para el contexto histórico.

¿Cómo comparar el estado de sitio con lo que pasa hoy en Colombia?

Según la profesora Bernardita Pérez, “la Constitución del 91 pretendió ser un punto de quiebre, modificó el estado de sitio por un estado de excepción, en el que ya no pueden ser suspendidas las garantías ciudadanas básicas y esenciales, tampoco la Constitución y jamás, de manera alguna, la existencia de la ley marcial”.

Aunque en un eventual estado de conmoción interior, según Esguerra, “es indispensable la intervención y la decisión de un juez” y “el recorte de derechos y libertades es mucho más limitado”, la profesora Pérez considera que “para sortear esta crisis, el presidente Iván Duque ha acudido a una figura que se denomina constitucionalmente el poder de policía”, básicamente “un Estado de excepción de facto”, enfatiza la experta.

Ver también: Gobierno de Colombia decreta asistencia militar para ocho departamentos y 13 ciudades

“Ahora dicta un decreto reglamentario de poder de policía, el 575, un decreto denominado de asistencia militar. ¿Dónde viene el vocablo en Colombia de asistencia militar? Está en la ley 1821, el Código de Policía”, señala Pérez.

Ahora que acaba de concluir la visita de la CIDH, es un buen momento para recordar la historia de Colombia y lo útil que puede ser para poner en contexto la situación que atraviesa el país desde hace 45 días.

Explicación:

es un link en el cual explica todo a fondo, le puse espacios porq swino  no me deja mandarlo

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