Respuestas
Respuesta:
Restricción de vehículos particulares: domingos todo el día.
Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a domingo de 10:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
Establecimientos comerciales deben cerrar una (01) hora antes del inicio del toque de queda.
Transporte interprovincial terrestre: se permite con un aforo del 50% al 100%, según las disposiciones para viajes interprovinciales terrestres durante la emergencia nacional.
Aforos permitidos en espacios cerrados:
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 30%.
Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 30%.
Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%.
Restaurantes y afines en zonas internas con ventilación: 40%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
Templos y lugares de culto: 30%.
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 40%.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 40%.
Bancos y otras entidades financieras: 50%.
Eventos empresariales y profesionales: 40%.
Aforos permitidos en espacios abiertos:
Sin restricción de aforos, respetando los protocolos, y previa autorización del gobierno local.
Artes escénicas.
Enseñanza cultural en espacios abiertos.
Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
Eventos empresariales y profesionales en espacios al aire libre.
No está permitido:
Eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.
Regiones con nivel de alerta alto
Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín, Lima Metropolitana, Loreto, Puno, San Martín y Tacna.
Está permitida la circulación de vehículos particulares los días domingos.
Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a domingo de 12:00 m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
Establecimientos comerciales deben cerrar una (01) hora antes del inicio del toque de queda, excepto Lima Metropolitana que debe hacerlo dos (02) horas antes.
Transporte interprovincial terrestre: se permite libremente.
Aforos permitidos en espacios cerrados:
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 40%.
Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 40%.
Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%.
Playas abiertas.
Restaurantes y afines en zonas internas: 50%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
Templos y lugares de culto: 40%.
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 50%.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%.
Bancos y otras entidades financieras: 60%.
Eventos empresariales y profesionales: 5
Explicación: