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El derecho de reunión implica la libertad de todos los habitantes de la República para poder congregarse con otros con cualquier finalidad y objeto, siempre que dicha reunión sea de carácter pacífico y tenga un objeto lícito.
Explicación:
La libertad de reunión pacífica abarca los derechos a: Organizar y convocar libremente reuniones o manifestaciones pacíficas, inclusive en períodos de elecciones. Decidir sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se llevarán a cabo, incluyendo las que surjan de manera espontánea
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