En el Estado civil (cuando ya existe el estado)¿a qué derecho no se renuncia?¿por qué?​

Respuestas

Respuesta dada por: correapaucarelfer
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no se pues foto xd osea no pones foto


yamiledu: amiga es esto mira
yamiledu: Los derechos renunciables son siempre subjetivos, puesto que no cabe la renuncia al derecho objetivo o norma jurídica. Sólo cabe la exclusión voluntaria de la ley cuando se trata de ley dispositiva y no cabe, en absoluto, cuando se trata de ley imperativa. ... No caben, pues, las renuncias anticipadas de derecho
yamiledu: espero que te sirva
Respuesta dada por: camilaalexandrabravo
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Respuesta:

espero te sirva

Explicación:

La renuncia es el acto jurídico unilateral por el cual una persona manifiesta su voluntad de discontinuar permanente o temporalmente el goce de un derecho o de extinguir un vínculo jurídico porque simplemente es contra de voluntad.

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