Presentación del Caso:
Martha Marín es asesora de ventas de la empresa ORVIS INTERNACIONAL, ha incumplido sus
obligaciones reiterativamente y le ha sido llamada a atención verbal y de manera escrita en tres
ocasiones, la empresa ha tomado la decisión de retirar del cargo a Martha. Qué proceso se debe
aplicar para realizar la liquidación de su contrato vigente en la empresa?

Por favor ayudenme con este caso..

Respuestas

Respuesta dada por: superg82k7
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                                     El trabajo dignifica al hombre.

El humano como ente individual y social debe tener cualquier actividad para ganarse el sustento y llevar al hogar, muchos los hacen de manera propia y otros bajo dependencia de terceros o patronos en cualquier tipo de empresa o negocio y bajo un contrato laboral que puede ser por tiempo determinado (para una obra específica) o por tiempo indeterminado (mediano o largo plazo) e incluso a Destajo.


Todo individuo al ser contratado para prestar sus servicios a una empresa se compromete verbalmente y en la mayoría de los casos documentalmente (contrato) a cumplir cabalmente las funciones objeto del contrato y de un horario de labores especifico y por lo cual debe recibir una contraprestación monetaria estipulada.


La falta a los deberes que impone el contrato de trabajo se indican al trabajador mediante amonestaciones verbales e incluso por escrito en lo que se denomina “memorando” y depende de la legislación laboral de cada país la cantidad de estos que se permitan antes de pasar al trabajador al departamento legal.


En Venezuela la legislación laboral indica que después de tres amonestaciones escritas (memorandos) el trabajador puede ser despedido por “causa justificada” y para ello se deben cumplir cierto tramites y participaciones a los organismos competentes estatales y si es el caso al sindicato al cual se encuentre adscrito el trabajador.


Una vez comprobado por estos organismos y de proceder el retiro del trabajador, se procede a liquidarlo, es decir, pagar las prestaciones sociales correspondientes de acuerdo al tiempo laborado en la empresa y calculado por la administración de la empresa o por el ministerio correspondiente al sector laboral, haciendo los respectivos descuentos si el trabajador a solicitado y obtenido adelantos de sus prestaciones de ley.


Una vez cumplidos estos pasos el trabajador queda cesante y la empresa le emite una carta de trabajo indicando el tiempo laborado desde su ingreso, el último sueldo devengado y el cargo que ostentaba, no permitiendo la ley otros calificativos sobre todo de su conducta ni motivo del retiro.





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