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1.L a l e y 348 define la violencia contra la mujer como cualquier
acción u omisión, abierta o encubierta, que cause la muerte,
sufrimiento o daño físico, sexual o psicológico a una mujer
u otra persona, le genere perjuicio en su patrimonio, en su
economía, en su fuente laboral o en otro ámbito cualquiera, por
el sólo hecho de ser mujer.
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gracias x los puntos :V
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