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La responsabilidad de los socios es solidaria entre ellos y limitada a la cifra del capital que cada uno ha aportado, es decir, que los socios no responden con su patrimonio. Existe una excepción cuando se protegen los intereses de terceros, exigiendo la responsabilidad a los accionistas.
Explicación:
En resumen, según el tipo de sociedad que se quiera formar, los socios tendrán unas responsabilidades u otras. Por ello, es muy importante que, si aún no se ha decidido el tipo de sociedad que se amolda mejor a la idea de negocio, se tenga muy en cuenta, qué responsabilidades se quiere para los socios.
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