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Los organismos financieros internacionales pueden tener carácter
supranacional o intergubernamental y son diferentes de las denominadas ONGs
(Organizaciones no Gubernamentales] que también disponen de una estructura
institucional, pero en lo que no participan Estados o Administraciones Públicas, constituyendo asociaciones que pueden reunir a personas físicas o jurídicas de carácter público o privado, de un solo Estado o de diferentes Estados.
Estas últimas son personas jurídicas que se constituyen y se mueven en el ámbito del derecho privado, en tanto que los organismos internacionales pertenecen a la esfera del derecho internacional público.
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