• Asignatura: Derecho
  • Autor: puelloelian7
  • hace 2 años

¿ 3 características de democracia como cultura de paz ?​

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Respuesta dada por: SantiOwO
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Después de medio siglo de creada la Organización de Naciones Unidas (ONU) el escenario internacional se ha transformado radicalmente por el desarrollo de las tecnologías, la comunicación, la descolonización, la explosión demográfica, etc. En lo político el mundo ha dejado de ser bipolar, persiguiendo nuevos actores y reacomodos. Asimismo se observa que el mundo actual se mueve entre dos paradojas: la búsqueda y anhelo de una cultura de paz basada en el fomento propio de la democracia, el desarrollo y los derechos humanos, o la proliferación de conflictos armados internos a los que la ONU deberá enfrentarse. Lo anterior significa que una auténtica y verdadera cultura de paz será aquella que sustente sus principios y sus bases en el respeto a los derechos humanos, en la democracia y en el desarrollo.

Palabras clave: desarrollo, derechos humanos, democracia, cultura de paz, seguridad internacional.

 

Introducción

El mundo actual se mueve entre dos paradojas: la búsqueda y anhelo de una cultura de paz basada en el fomento de la democracia, el desarrollo y los derechos humanos, o la proliferación de conflictos armados internos, a los que la Organización de Naciones Unidas (ONU) deberá enfrentarse pese a la reticencia de los Estados.

La falta de desarrollo no puede invocarse para justificar la ausencia de derechos humanos universalmente reconocidos; tampoco puede haber desarrollo sin la promoción de la democracia.

La democracia es garantía para la paz porque sólo a través de ella pueden alcanzarse tanto el desarrollo como el respeto a los derechos humanos. Sin embargo, indicar cuál o cuáles atributos identifican a la democracia dificulta enormemente la idea de su conceptuación; de hecho, éste es el ejercicio que ha guiado a varios autores para hablar de democracia liberal o democracia delegatoria. Por otro lado, la ausencia de libertades individuales fundamentales, tales como la libertad de expresión, de asociación, de información, en presencia de elecciones competitivas, conduce al debate sobre la existencia de regímenes democráticos en el contexto de las llamadas democracias liberales.

Estos derechos son el resultado de la comprobación, a través de los años, de que las democracias rara vez libran conflictos armados de carácter interno entre sí, pues los derechos humanos cobran sentido dentro de ellas como parte de un proyecto político; lo cual contribuye a un desarrollo sostenible, justo y bien distribuido entre todos los ciudadanos. A pesar de la dificultad señalada en lo que se refiere a establecer todos los requisitos que definan a la democracia, ésta ha sido definida como la medida en la cual el poder político de las élites es minimizado y el de las no-élites, maximizado; entendiendo por élites a aquellos miembros de la sociedad que acumulan una cantidad desproporcionada de poder político.

Por lo anterior, puede afirmarse que un gobierno democrático será aquel que ayude a garantizar los derechos políticos, a proteger las libertades económicas, a crear un clima en el que puedan florecer la paz y el desarrollo y, por ende, en donde puedan existir y se protejan los derechos humanos.

Una de las aportaciones más importantes del Derecho internacional ha sido la proscripción de la guerra como medio para solucionar controversias. Específicamente a partir de 1928, cuando se firmó el tratado Brian-Kellog. Desde entonces sólo en contadas ocasiones se ha considerado legal el uso de la fuerza; en cambio, han surgido un sinnúmero de posibilidades para que los sujetos del Derecho internacional puedan solucionar sus controversias en forma pacífica.

El artículo 33 de la Carta de San Francisco es un claro ejemplo de ello:

Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, tratarán de buscarle solución ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.

Asimismo, uno de los principales objetivos de Naciones Unidas, de acuerdo a la Carta de San Francisco (artículo 1°) es:

Mantener la paz y la seguridad internacionales y con tal fin [...] lograr por medios pacíficos y de conformidad con los principios de justicia y del Derecho Internacional el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales, susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz (Becerra, 1977: 111).

De hecho, la Carta de San Francisco destina su capítulo VI a regular lo relativo a la solución de controversias, concediendo una serie de facultades a las Naciones Unidas para su injerencia en la solución pacífica de las mismas.    

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