Cual es la población mas vulnerable a padecer violencia intrafamiliar?


hombres y mujeres

O
niños(as), las mujeres y personas adultas o en discapacidad



niños, hombres y mujeres


mujeres amas de casa​

Respuestas

Respuesta dada por: rosaliamartinezcayo0
4

Respuesta:

las amas de casa

Explicación paso a paso:

las amas de casa suelen ser jóvenes lo cual atrae a los violadores y otros que abusan de ellas por eso son las más vulnerables y su belleza es su tristeza en distintos casos espero haberte ayudado ✨


Anónimo: muchas gracias
rosaliamartinezcayo0: dame coronita pliss
Respuesta dada por: dubraskarominagomez
2

1.1 La respuesta del

Estado ecuatoriano

frente a la violencia

contra las mujeres

En América Latina y el Caribe, hasta los

años noventa, la violencia contra las muje-

res, principalmente, la acaecida en el ám-

bito familiar, era considerada un asunto

privado en el cual el Estado no debía inter-

venir. Por otro lado, poco se conocía sobre

la magnitud del problema, de manera que

se tendía a asumir que la violencia hacia la

población femenina ocurría de forma aisla-

da, y no se la concebía como un problema

social y de política pública. Esta concep-

ción se expresaba en la invisibilidad de la

violencia de género hacia las mujeres, tanto

en el ámbito legislativo, como en el ejecuti-

vo y en el judicial, como también en otros

sectores de la sociedad.

El Ecuador no era una excepción, de ma-

nera que ninguna mujer que sufría violen-

cia por parte de su pareja tenía la posibi-

lidad de denunciarla o de exigir sanción

para el agresor, puesto que una disposi-

ción del Código de Procedimiento Penal

prohibía la denuncia entre cónyuges o en-

tre ascendientes o descendientes, quienes

suelen ser testigos de los episodios vio-

lentos en el ámbito familiar. Además, este

tipo de violencia hacia las mujeres, no se

encontraba tipificada en las leyes del país.

Es apenas a finales de los ochenta cuando

en el país se empieza a hablar de la vio-

lencia contra las mujeres en el escenario

público, como resultado de las acciones

del movimiento de mujeres para llamar la

atención sobre este hecho, y de la divul-

gación de los resultados de las primeras

investigaciones y estudios realizados por

organizaciones de la sociedad civil, que

mostraban la magnitud y la gravedad

del problema. Estas evidencias, junto a

las demandas de las mujeres organizadas

del país y a los llamados de atención de la

comunidad internacional de que el ejerci-

cio de la violencia contra las mujeres en el

ámbito público y en el privado constituía

un atentado a los derechos humanos, fue-

ron los principales factores que incidieron

para que en el Ecuador, tanto el Gobierno

como la sociedad en su conjunto fueran

desnaturalizando esta práctica y asumien-

do su responsabilidad para enfrentarla.

A estos hechos se sumó, además, el im-

pacto de los compromisos asumidos por

el Estado ecuatoriano al ratificar la Con-

vención sobre la Eliminación de Todas

las Formas de Discriminación contra las

Mujeres - CEDAW (1981) y la Conven-

ción Interamericana para Prevenir, san-

cionar y Erradicar la Violencia Contra la

Mujer de Belém do Pará (1995), y al sus-

cribir la Plataforma de acción de Beijing

(1995). Todos estos instrumentos inter-

nacionales tienen un carácter vinculan-

te, de manera que los Estados partes se

obligan a implementar las políticas ne-

cesarias para eliminar la discriminación

y la violencia contra las mujeres, como

también para dar atención a las víctimas

y asegurar su acceso a la justicia.

En ese marco, en 1994 se crearon las

primeras Comisarías de la Mujer y la

Familia (CMF) como instancias espe-

cializadas de administración de justicia

con un modelo de atención integral a

las usuarias, orientado a prevenir, aten-

der, juzgar y sancionar la violencia in-

trafamiliar, particularmente la ejercida

contra las mujeres en el ámbito de sus

relaciones personales y/o afectivas. En

1995 se promulgó la Ley 103 contra la

violencia a la mujer y la familia, la cual

permitió que las mujeres agredidas por

su pareja cuenten con un recurso para

obtener protección y acceder a la justi-

cia. Estas dos políticas constituyen un

hito importante en los esfuerzos realiza-

dos para enfrentar este problema social,

hasta entonces poco o nada atendido por

el Estado.

El Código Orgánico de la Función Judi-

cial constituye el mecanismo y la norma

central que regula la forma en que deberá

reestructurarse la Función Judicial, a fin

de garantizar y defender los derechos de

las personas, bajo el principio de la “uni-

espero que te sirva de algo chaito (♡_♡)


dubraskarominagomez: soy mujer
Anónimo: aaaa perdón
dubraskarominagomez: párese que fuera hombre por mi foto de perfil de naruto
dubraskarominagomez: todos me confunden
Anónimo: jaj
dubraskarominagomez: con un hombre
Anónimo: quieres ser mi
Anónimo: amiga
Anónimo: ???
dubraskarominagomez: ok
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