Respuestas
Respuesta:
La historian. 1 es la ciencia que estudia los sucesos del pasado; generalmente son de la humanidad, aunque, también puede no estar centrada en el humano n. 2. Asimismo, es una disciplina académica que narra dichos acontecimientos. Es una ciencia social debido a su clasificación y método; pero, si no se centra en el humano, puede ser considerada como una ciencia natural, especialmente en un marco de la interdisciplinariedad; de cualquier forma, forma parte del la clasificación de la ciencia que engloba las anteriores dos, es decir, una ciencia fáctica (también llamada factual).
Su propósito es averiguar los hechos y procesos que ocurrieron y se desarrollaron en el pasado e interpretarlos ateniéndose a criterios de la mayor objetividad posible; aunque la posibilidad de cumplimiento de tales propósitos y el grado en que sean posibles son en sí mismos objetos de estudio de la historiología o teoría de la historia, como epistemología o conocimiento científico de la historia.[cita requerida]
Se denomina historiador o historiadora a la persona encargada del estudio de la historia. Al historiador profesional se le concibe como el especialista en la disciplina académica de la historia, y al historiador no profesional se le suele denominar cronista.2
Índice
1 Etimología
2 Definición
3 Estudio
3.1 Como ciencia
3.2 Como disciplina académica
3.3 Historiador
3.3.1 Perspectivas: justificación, importancia y objetivo
4 Ramas
4.1 Historiografía
4.2 Historiología
5 Ramas de otras ciencias relacionadas
5.1 Filosofía de la historia
6 Áreas de estudio por región geográfica
6.1 Historia universal
6.1.1 Periodización tradicional
6.2 Historia nacional
7 Áreas de estudio por temas
8 Véase también
9 Notas
10 Referencias
11 Bibliografía
12 Enlaces externos
Explicación:
¿Cuántos artículos tiene?
54 derechos :v
¿De qué tratan esos artículos ?
del niño :v
mira .-.
Artículo 1 – Definición de niño
La convención afecta a todos los niños. Si tienes menos de 18 años de edad, eres un niño, y por lo tanto te encuentras protegido por esta convención.
Artículo 2 – El derecho a no ser discriminado
La convención debe ser aplicada a todos los niños sin discriminación alguna:
– Tienes derecho a ser respetado, ya seas una niña o un niño, sin importar cuál sea tu estado de salud, tu origen social o étnico, el idioma que hables, tu religión, tus opiniones o tu nacionalidad.
– Tienes derecho a la igualdad; esto significa que los gobiernos deben respetar y proteger tus derechos, de la misma forma que los de los demás niños.
Artículo 3 – El derecho al bienestar
1. En todas las decisiones que tengan que ver contigo, se deben tener en cuenta tus intereses.
2. El estado debe proteger y garantizar tu bienestar si tus padres no pueden hacerlo.
3. El estado debe garantizar que todas las instituciones encargadas de tu bienestar (las escuelas, la policía, etc.) te ayuden y protejan de forma eficaz.
Artículo 4 – El derecho a ejercer tus derechos
El estado debe tomar todas las medidas necesarias para permitirte el ejercicio de todos tus derechos, reconocidos como tales por la Convención.
Artículo 5 – El derecho a ser orientado por tus padres
El estado debe respetar el derecho y la obligación de tus padres de guiarte y aconsejarte en el ejercicio de tus derechos y en el desarrollo de tus capacidades.