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roducen cambios a los documentos requeridos para la inscripción u obtención del Rut y que modifica parte la información contenida en esta nota.
Toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones tributarias formales, debe previamente inscribirse en el registro único tributario (RUT) y para ello deberá presentar en las oficinas respectivas de la Dirección de impuestos y aduanas nacionales, los siguientes documentos:
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