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Respuesta:
En América Latina, la legislación recogió parcialmente el modelo europeo reduciendo, de esta manera la posibilidad de mejora progresiva al ir de esquemas flexibles a
esquemas más rigurosos. Pese al gran número de productos aptos para ser protegidos,
el marco legal en la mayoría de países del área considera como única figura jurídica
la Denominación de Origen, un esquema altamente restrictivo y exigente, aunque con
gran potencial de generación de valor.
En enero del 2010, una publicación especializada recopiló información sobre las DO
e IG reconocidas legalmente en varios países del continente, registrándose así 51
productos protegidos de los cuales sólo habrían logrado alta notoriedad internacional
Tequila y Mezcal (México), Pisco (Perú), Singani (Bolivia), Ron de Venezuela y Café
de Colombia8
. El desarrollo sustentable de las demás DO es, sin duda, un desafío
presente y futuro pues la notoriedad se construye en la mente del consumidor a través
del tiempo.
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Explicación: