Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Artículo 4 Constitución Nacional
Explicación:
Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.
Preguntas similares
hace 2 años
hace 2 años
hace 2 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 7 años
hace 7 años