Respuestas
Respuesta:
A la hora de contabilizar las operaciones realizadas en nuestros libros existen determinadas transacciones que, por
tratarse de eventuales o temporales, nos impiden efectuar cargos o abonos en las cuentas
correspondientes que debería registrar la operación comercial efectuada pero que, por el motivo que sea
queremos tenerlas registradas.
Explicación:
Con el objetivo de solucionar este problema, existe un tipo de cuentas llamada cuenta transitoria que no están
incluidas dentro de los Estados Financieros de nuestra compañía pero que tiene el fin de informar de tales
transacciones que, normalmente, suelen ser temporales o transitorias.
Cuentas transitorias son, por ejemplo, mercancías en tránsito, reclamaciones pendientes; partidas en suspenso o las
cuentas transitorias que se utilizan para realizar la conciliación bancaria y la verificación entre el saldo en las cuentas
corrientes y sus contabilizaciones en libros, entre otras.
Las cuentas transitorias tienen que estar, por tanto, canceladas de nuestra contabilidad en el momento en el
que cesa el contrato que lo motivó. En caso contrario, el saldo positivo de una cuenta de este tipo indica que
todavía existen transacciones por completar.