cuando arretan a una persona que derecho le aplican y en que articulo de la constitucion esta comtemplado?
Respuestas
Respuesta:
1. El ordenamiento jurídico colombiano garantiza el Derecho a la Libertad Personal. La Constitución Política consagra que “nadie podrá ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en las leyes”; y que “en ningún caso podrá haber detención, prisión ni arresto por deudas u obligaciones puramente civiles”.[2]
2. Asimismo, en el Texto Fundamental colombiano se contiene una norma, el artículo 28, que faculta al Gobierno, previo dictamen del Consejo de Ministros, para aprehender y retener personas en tiempos de paz, cuando existan graves motivos para temer perturbación del orden público, y haya graves indicios de que tales personas atentan contra la paz pública. El ejercicio de esta facultad conlleva la observación de condiciones precisas: “Transcurridos diez días desde el momento de la aprehensión sin que las personas retenidas hayan sido puestas en libertad, el Gobierno procederá a ordenarla o las pondrá a disposición de los jueces competentes con las pruebas alegadas, para que decidan conforme a la ley”.[3]
3. Por otra parte, el Texto Fundamental establece, en su artículo 121 referente a la atribución constitucional del Presidente para declarar turbado el orden público y en estado de sitio toda la República o parte de ella, que mediante tal declaración “el Gobierno tendrá, además de las facultades legales, las que la Constitución autoriza para tiempos de guerra o de perturbación del orden público y las que, conforme a las reglas aceptadas por el derecho de gentes, rigen para la guerra entre las naciones”.[4]
Explicación:
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