1.      Escribe dentro del tríptico un párrafo, acerca de los cuidados de bioseguridad que vamos a mantener dentro de la Institución Educativa.​

Respuestas

Respuesta dada por: smailingsiney0
0

Respuesta:

tener jabones en las instalaciones de lo sanitarios

Explicación:

para no enfermarse


samsumggalaxyj5alint: oye
samsumggalaxyj5alint: me ayudas en otras porfaaaaaa
Respuesta dada por: biancachillogalli
1

Respuesta:

1. INTRODUCCIÓN

Por su trabajo habitual, los profesionales de Enfermería constituyen el colectivo

sanitario que mayores riesgos laborales tiene de sufrir un accidente biológico. Las

lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes han sido siempre un

problema presente en la actividad profesional de la enfermera significando el mayor

riesgo al que se expone en su trabajo diario. Estamos hablando, por ejemplo, cuando

una enfermera se pincha al administrar una medicación, canalizar una vía a su paciente

o hacer una cura, aunque existen otras muchas situaciones de riesgo.

Por tanto, los profesionales de enfermería constituyen la categoría profesional con

mayor exposición y afectación ante el riesgo laboral de inoculación por accidente

biológico, dada la naturaleza de su actividad habitual; así se ha puesto de manifiesto en

estudios relevantes como es el caso del Estudio EPINETAC realizado por el grupo de

trabajo de la Sociedad Española de Medicina Preventiva y Salud Pública, durante los

años 1996 a 2002.

En este sentido, conviene recordar que los pinchazos o cortes conllevan una alta

posibilidad de contagio de más de 20 virus potencialmente mortales, entre ellos los de

la hepatitis –tanto B como C– o del Sida, entre otras enfermedades transmisibles.

Durante años no se la ha prestado la debida atención ni por los empleadores ni tampoco

demasiada por parte de las instituciones encargadas de velar por la seguridad laboral de

los profesionales sanitarios.

Ante esta realidad, la Mesa de la Profesión Enfermera –integrada por el Consejo General

de Enfermería y por el Sindicato de Enfermería, SATSE– creó en 2014 el Observatorio de

Bioseguridad, con el objetivo de monitorizar y evaluar el grado de implantación y

cumplimiento de la normativa sobre bioseguridad dado que el 21 de junio de 2010 entró

en vigor en la Unión Europea la Directiva 2010/32/UE que aplicaba el Acuerdo marco

europeo para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y

punzantes en el sector hospitalario y sanitario. La Comisión Europea fijó como fecha

máxima para la transposición normativa de la Directiva, el día 11 de mayo de 2013 (tres

años después de su entrada en vigor). El Estado español incorporó la citada Directiva

europea al derecho interno mediante la Orden Ministerial ESS/1451/2013, de 29 de

julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por

instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario.

La Directiva es una “norma de derecho necesario mínimo e indisponible”, es decir, su

cumplimiento es inexcusable y no admite ningún argumento o razón que pueda justificar

su no aplicación, o la aplicación parcial o aplazada; en cualquier caso, pueden ser

mejoradas y desarrolladas en la negociación colectiva.

A partir de la transposición normativa, la sanidad en general, y las enfermeras/os en

particular, han logrado considerables avances en el campo de los riesgos laborales,

biológicos y bioseguridad, como es el establecimiento de procedimientos de

bioseguridad, así como la introducción de dispositivos con mecanismo de seguridad

integrado. Pero estos avances, en general, no están suficientemente implantados, y su  

1º Informe sobre Bioseguridad en el SNS 5

observación no es ni total ni homogénea en el conjunto de centros ni Servicios de Salud

que conforman el Sistema Nacional de Salud español (SNS).

Ante este escenario de exposición laboral de los enfermeros/as a los agentes biológicos,

desde la Mesa Estatal de la Profesión Enfermera, se crea en 2014 el “Observatorio de

Bioseguridad”, con el objetivo de monitorizar y evaluar:

 El grado de implantación y cumplimiento de las normas.

 Analizar la incorporación de la normativa vigente por centros y Comunidades

Autónomas (CCAA).

 Proponer medidas correctoras en base al grado de cumplimiento.

Los resultados del estudio han sido muy interesantes y relevantes, constatándose que:

1- En el conjunto del SNS no se han incorporado de manera uniforme y

proporcionada las medidas preventivas dispuestas en las Cláusulas de la Directiva

sobre bioseguridad.

2- Con carácter global la accidentalidad laboral por riesgo biológico entre las

enfermeras/os ha aumentado progresivamente durante los años 2013, 2014 y

2015, en los servicios claves hospitalarios (urgencias, cuidados críticos,

hospitalización y área quirúrgica), y del mismo modo (aunque en menor medida)

Explicación:

listo

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