MENCIONE ALGUNOS DERECHOS AL MENOS TRES QUE TODS PODEMOS COMO COSTARICENSES

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Respuesta dada por: paulinaaaaaaa
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Respuesta:

ARTÍCULO 20.- Toda persona es libre en la República, (sic) quien se halle bajo la

protección de sus leyes no podrá ser esclavo ni esclava.

ARTÍCULO 21.- La vida humana es inviolable.

ARTÍCULO 22.- Todo costarricense puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de

la República o fuera de ella, siempre que se encuentre libre de responsabilidad, y volver

cuando le convenga. No se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso

al país.

Explicación:

espero y te sirva:)

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