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La Constitución política de 1830 es la partida oficial de nacimiento de la República del Ecuador, que había sido Reino de Quito por cerca de tres siglos, Real Audiencia de Quito y Distrito del Sur de Colombia. El artículo 1 establece claramente: “Los Departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí formando un solo cuerpo independiente con el nombre de Estado del Ecuador”.
De ahí que se reconozcan hasta ahora solo 20 Constituciones del Ecuador y no 21, si bien como país Ecuador tuvo su primer estatuto constitucional en 1812, con la Constitución del Estado de Quito del 15 de febrero de 1812.
Cierto, el 13 de mayo de 1830 hubo una asamblea de corporaciones y padres de familia de Quito que se reunieron en la Universidad Santo Tomás de Aquino, hoy Universidad Central, de la que salió el anuncio de la unión de los departamentos de Ecuador, que constituían el Distrito del Sur, y que se separaban de la Gran Colombia, pero bajo un régimen confederado. Decisión que tenía que ser refrendada por una constituyente. (Ver en anexo el acta).
El general José Flores quedó encargado, como Prefecto General, del mando supremo, civil y militar con el mandato de convocar inmediatamente un congreso constituyente. Este se instaló el 14 de agosto de 1830 en la sede del convento de los Padres Dominicos en la ciudad de Riobamba, con la asistencia de 20 diputados, bajo la presidencia de José Fernández Salvador, y la vicepresidencia de José Joaquín Olmedo. La Constituyente adoptó una Constitución que mantuvo el carácter de confederación: Artículo 2.- “El Estado del Ecuador se une y confedera con los demás Estados de Colombia, para formar una sola Nación con el nombre República de Colombia”.