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búscalo por internet
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El artículo 27° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) hace expresa mención al derecho que tiene toda persona a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
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ESPERO QUE TE AYUDE nwn
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narutouzumakiuwu030:
:)
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