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El presidente de mesa y los fiscales partidarios pueden impugnar la identidad de un elector cuando a su juicio estuviere falseando su identidad. El presidente de mesa tomará la huella digital del elector cuya identidad se impugna sobre un sobre especial y le entregara al elector este sobre, con un sobre en blanco vacío y firmado por él, para que emita su voto.
Explicación:
Espero Que Te Ayude.
:)
Lindo Día.
Linda Tarde.
0 Linda Noche.
ヾ(^▽^*)))
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