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Los antecedentes del Derecho comercial, se remontan al Derecho romano antiguo, por ello, en éste último encontramos algunos vestigios del Derecho comercial, motivo por el cual para comprender el Derecho comercial es necesario estudiar Derecho romano antiguo, en tal sentido esperamos que se debe investigar siempre teniendo en cuenta el Derecho romano antiguo y el Derecho griego y egipcio, en tal sentido no sólo se debe aplicar el Derecho positivo o legislación, sino que existió diversos antecedentes, los cuales deben ser estudiados a nivel de sistemas jurídicos y familias jurídicas, por lo cual debemos tener en cuenta que si se realiza un estudio sin tener en cuenta estos antecedentes, es tan absurdo como estudiar el Derecho civil sin tener en cuenta el Derecho civil alemán, francés e italiano, entre otros, motivo por el cual los trabajos de investigación y publicaciones deben ser trabajos serios, en los cuales se tome en cuenta todas las ramas del Derecho, pero a nivel de Derecho global, motivo por el cual, no debemos limitarnos al estudio de la ley, ni tampoco al Derecho actual, por ello, se debe seleccionar los antecedentes mas importantes o quizá tener en cuenta o sugerir o proponer una recepción jurídica, para lo cual se debe fundamentar en forma adecuada, en tal sentido, los antecedentes son bastante importantes, de tal forma que debe revisarse la historia del Derecho, la cual forma parte del Derecho mundial, en tal sentido podemos hablar de historia de la medicina, historia de la contabilidad, historia de la ciencia, lo cual incrementará nuestros horizontes, es decir, podremos tener mayores elementos de juicio, por que contaremos con elementos ya conocidos, es decir, la historia del Derecho comercial es muy importante, en todo caso es claro que esta rama del Derecho aparece recién en la edad media, por lo cual es claro que los autores de todo el mundo en forma pacífica sostienen que el Derecho romano apareció en la edad media, y posteriormente encontramos una serie de antecedentes, y luego debemos remitirnos al código de comercio francés de 1807, para que posteriormente se inicie el nacimiento de los sistemas de Derecho comercial en el mundo, y luego se divida el estudio de esta rama del Derecho, para que los estudios se realicen por separado, en tal sentido ya no se estudia todo el Derecho comercial en general, sino que el estudio es por ramas, por lo tanto, es claro que se inició el estudio de ramas del Derecho comercial, por ejemplo de Derecho cartular, cambiario, societario, telecomunicaciones, de defensa del consumidor, concursal, bursátil, en tal sentido, es normal para estos tiempos llevarse a cabo estudios y publicaciones sólo sobre partes o áreas o ramas del Derecho comercial, lo que no ocurría hace algunos años, en tal sentido, esperamos que se lleven a cabo estudios sobre los antecedentes del Derecho comercial, a efecto de determinar con exactitud, hasta donde se extienden los mismos, para que de esta forma podamos realizar investigaciones mas amplias, de tal forma que si un abogado no conoce los mismos es claro que está condenado al fracaso, por ello, resulta acertado estudiar todas las disciplinas jurídicas con sus antecedentes, los que por cierto no sólo son de doctrina y legislación, sino todas las fuentes del Derecho comercial, e incluso vale la oportunidad para dejar constancia que el Derecho positivo no debe tocar temas doctrinarios como son las fuentes del Derecho, por ello, esperamos que en un tiempo cercano se modifique el código de comercial peruano de 1902, en tal sentido para legislar se debe tener en cuenta la doctrina mas respetada y no sólo algunos que tengan posiciones que quizá sean la doctrina mayoritaria, en tal sentido, en el conocimiento no se debe ser democrático, sino que se debe tomar en cuenta la doctrina mas respetada.
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