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El vínculo jurídico, se relaciona con respecto a lo legal. El vínculo natural, es respecto a la cantidad de información genética que se comparte.
Hablamos del Vínculo Jurídico cuando legalmente se tiene un tipo de parentesco jurídico, es decir, que las personas compartan el mismo apellido, bien sea materno o paterno; en el cual entendemos como vínculo jurídico a los: Primos con mismo apellido o un hijo adoptado.
Con respecto al Vínculo Natural es cuando dos personas comparten un porcentaje de información genética; en este caso, el padre o la madre. El cual da como resultado un vínculo natural.
- Ejemplo: Un niño bastardo, tiene un vínculo natural con el padre; más no tiene un vínculo jurídico, ya que el padre no le heredó el apellido.
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