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Derecho Paraguayo del Trabajo. Antecedentes:
Hasta la promulgación de 1° Cod. Pyo. Del Trabajo en 1961, este derecho tuvo su expresión en forma de leyes especiales y separadas, algunas de ellas son:
1914- Sobre el régimen de locación de servicios de operarios mineros.
1917- Sobre el descanso semanal.
1927- Teoría del Riesgo Profesional (accidente de trabajo)
1931- Creación de escuelas de enseñanza profesional y asistencia medica en grandes establecimientos industriales. También el reglamento de asociación profesional (Sindicatos
1937- Departamento Nac. Del Trabajo
1943- Trabajo de menores y salario mínimo
1947- Aguinaldo
1951- Descanso anual de trabajo (vacaciones pagas)
Código del Trabajo 1961: (1° Código del Trabajo)
Entro en vigencia en 1962, sufrió modificaciones con la creación de varias circunscripciones judiciales y la sanción de Cod. De Organización Judicial
Constitucionalización del Der. Laboral 1992:
Reformas del 93 y 95:
El proyecto inicial fue estudiado por ambas Cámaras en el 90, 91, 92 y 93 hasta que en este año fue promulgado el Cod. Del Trabajo que entro en vigencia el mismo año. En forma sorprendente contenía artículos inconstitucionales, errores materiales, omisiones, contradicciones e incoherencias que fueron corregidos en el 95
Método y estructura del Cod.:
Fueron separadas las normas substantivas de las de procedimiento. (Fondo y forma). Consta de una parte General y de partes Especiales. La parte General legisla sobre: sujeto, objeto y hecho jurígeno. Las especiales se refieren a relaciones jurídicas laborales de condiciones diferentes a las comunes.
Distribución de la normativa:
Se ajusta al tecnicismo de la Organización Internacional del Trabajo. Mantiene la tradicional división jurídica en libros. Contiene 5 libros, subdivididos en 15 títulos y a su vez en 31 capítulos y 2 secciones. Tiene 414 artículos.
Objeto y aplicación:
Su objeto es establecer normas para regir las relaciones jurídicas entre trabajadores y empleadores, nacionales o extranjeros, concernientes a la prestación subordinada y retribuida de la actividad laboral, en todo el territorio del país.
Eso es todo amigos posdata el maloso de la primera respuesta tiene algo de razón te recomiendo que complementes lo anterior con algunas ilustraciones
Hasta la promulgación de 1° Cod. Pyo. Del Trabajo en 1961, este derecho tuvo su expresión en forma de leyes especiales y separadas, algunas de ellas son:
1914- Sobre el régimen de locación de servicios de operarios mineros.
1917- Sobre el descanso semanal.
1927- Teoría del Riesgo Profesional (accidente de trabajo)
1931- Creación de escuelas de enseñanza profesional y asistencia medica en grandes establecimientos industriales. También el reglamento de asociación profesional (Sindicatos
1937- Departamento Nac. Del Trabajo
1943- Trabajo de menores y salario mínimo
1947- Aguinaldo
1951- Descanso anual de trabajo (vacaciones pagas)
Código del Trabajo 1961: (1° Código del Trabajo)
Entro en vigencia en 1962, sufrió modificaciones con la creación de varias circunscripciones judiciales y la sanción de Cod. De Organización Judicial
Constitucionalización del Der. Laboral 1992:
Reformas del 93 y 95:
El proyecto inicial fue estudiado por ambas Cámaras en el 90, 91, 92 y 93 hasta que en este año fue promulgado el Cod. Del Trabajo que entro en vigencia el mismo año. En forma sorprendente contenía artículos inconstitucionales, errores materiales, omisiones, contradicciones e incoherencias que fueron corregidos en el 95
Método y estructura del Cod.:
Fueron separadas las normas substantivas de las de procedimiento. (Fondo y forma). Consta de una parte General y de partes Especiales. La parte General legisla sobre: sujeto, objeto y hecho jurígeno. Las especiales se refieren a relaciones jurídicas laborales de condiciones diferentes a las comunes.
Distribución de la normativa:
Se ajusta al tecnicismo de la Organización Internacional del Trabajo. Mantiene la tradicional división jurídica en libros. Contiene 5 libros, subdivididos en 15 títulos y a su vez en 31 capítulos y 2 secciones. Tiene 414 artículos.
Objeto y aplicación:
Su objeto es establecer normas para regir las relaciones jurídicas entre trabajadores y empleadores, nacionales o extranjeros, concernientes a la prestación subordinada y retribuida de la actividad laboral, en todo el territorio del país.
Eso es todo amigos posdata el maloso de la primera respuesta tiene algo de razón te recomiendo que complementes lo anterior con algunas ilustraciones
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