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Explicación:
La Sección de Oportunidades Educativas de la División de Derechos Civiles hace cumplir varias leyes federales de derechos civiles. Estas prohíben la discriminación por motivos de raza, color de piel, país de origen, idioma, género, religión y discapacidad en escuelas e instituciones de educación superior. A continuación describiremos los tipos de casos que gestionamos.
DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE RAZA O PAÍS DE ORIGEN
La ley de Derechos Civiles de 1964 es la ley histórica que prohíbe la discriminación en varios sectores, entre ellos la vivienda, el empleo y la educación. Las secciones de la ley que tienen que ver con la educación son el Título IV, que autoriza al Fiscal General a tratar violaciones a ciertas protecciones de ley por motivos de raza, color de piel, género, religión o país de origen en escuelas públicas e instituciones de educación superior; el Título VI, que prohíbe la discriminación por parte de beneficiarios de fondos federales por motivos de raza y país de origen y el Título IX, que permite a los Estados Unidos intervenir en pleitos en curso donde existe una acusación de discriminación. Asimismo, la ley de Igualdad de Oportunidades Educativas de 1974 prohíbe, entre otras conductas, la segregación intencionada por motivos de raza, color de piel o país de origen.
La Sección de Oportunidades Educativas está participando en numerosos pleitos de desegregación contra diferentes distritos públicos de escuelas elementales o secundarias (así como un sistema estatal de educación superior) en los que procuramos conseguir la erradicación de la segregación patrocinada por el Estado. Además, cada año participamos en varios casos e investigaciones que tienen que ver con la discriminación y el acoso por motivos de raza y país de origen. Para obtener ejemplos, véase la lista de casos (En inglés).