Respuestas
Damos por supuesto que la democracia es un sistema político con múltiples variantes «realmente existentes». Por ello podríamos afirmar (valiéndonos de una fórmula que el mismo Aristóteles utilizó en otros contextos) que la democracia «se dice de muchas maneras». Pero la democracia es también un «sistema de ideologías», es decir, de ideas confusas, por no decir erróneas, que figuran como contenidos de una falsa conciencia, vinculada a los intereses de determinados grupos o clases sociales, en tanto se enfrentan mutuamente de un modo más o menos explícito o encubierto.
¿Es posible según esto analizar las democracias «realmente existentes» al margen de las ideologías que las envuelven y que envuelven también al analista? No entraremos aquí en esta cuestión, puesto que nuestro objetivo es hablar más que de las democracias realmente existentes, de las ideologías que envuelven a estas democracias, sin necesidad de comenzar negando que las democracias puedan ser algo más que meras ideologías, y aun sin perjuicio de reconocer la necesidad de componentes ideológicos en la misma estructura de las democracias que existen realmente, por hipótesis. Comenzaremos presentando un par de consideraciones previas que sirvan de referencia de lo que entendemos por «realidad» en el momento de hablar de las democracias como nombre de realidades existentes en el mundo político efectivo.
Nuestra primera consideración tiene que ver [12] con el tipo de realidad que, desde nuestras coordenadas, cabría reconocer a las democracias. Supondremos que la democracia, en cuanto término que se refiere a alguna entidad real, dice ante todo una forma (o un tipo de formas), entre otras (u otros), según las cuales (los cuales) puede estar organizada una sociedad política. Suponemos, por tanto, que «democracia», en cuanto realidad, no en cuanto mero contenido ideológico, es una forma (una categoría) política, a la manera como la circunferencia es una forma (una categoría) geométrica. Esta afirmación puede parecer trivial o tautológica, en sí misma considerada; pero no lo es de hecho en el momento en que advertimos, por ejemplo, el uso, muy frecuente en el lenguaje cotidiano, de la distinción entre una «democracia política» y una «democracia económica». Una distinción que revela una gran confusión de conceptos, como lo revelaría la distinción entre una «circunferencia geométrica» y una «circunferencia física». La confusión tiene, sin embargo, un fundamento: que las formas (políticas, geométricas) no «flotan» en sí mismas, como si estuviesen separadas o desprendidas de los materiales a los cuales con-forman. La circunferencia es siempre geométrica, sólo que está siempre «encarnada» o vinculada a un material corpóreo (a un «redondel»); por tanto, si la expresión «circunferencia geométrica» significa algo en la realidad existente, es sólo por su capacidad de «encarnarse» en materiales corpóreos (mármol, madera, metal...) o, más propiamente, estos materiales primogenéricos, en tanto que puedan conceptuarse como conformados circularmente, serán circunferencias geométricas, realizadas en determinada materia corpórea, sin que sea legítimo oponer la circunferencia geométrica a la circunferencia física, como se opone la circunferencia de metal a la circunferencia de madera. Pero las formas, cuando se consideran conformando a sus materiales propios, no permanecen siempre iguales entre sí. Aun en el caso de las formas unívocas (como pueda serlo la forma «circunferencia») resultan diversificadas en la escala misma de su formalidad, por la materia, como pueda serlo, en la circunferencia, el tamaño, medido por la longitud de su radio, que ya implica una unidad corporea. Es cierto que el concepto puro de circunferencia abstrae del tamaño o de la métrica del radio; pero cuando este tamaño o sus métricas correspondientes alcanzan sus límites internos (el del radio cero, y el del radio infinito) entonces la forma misma de la circunferencia resultará también variada, transformándose respectivamente en punto o en recta (como se transformaría una democracia en cuya constitución se fijasen intervalos mínimos de cincuenta años entre dos elecciones parlamentarias consecutivas, en lugar de los intervalos de cuatro, cinco o siete años corrientes). En el caso de las formas variacionales, genéricas o específicas (por ejemplo, la forma genérica palanca, respecto de las tres especies en las que el género se divide inmediatamente), las correspondencias de las variantes con los materiales diversos es todavía más obvia.