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Facilitar a los individuos el cumplimiento de los preceptos de la higiene privada. Obligar en algunos casos a los individuos al cumplimiento de dichos preceptos, en cuanto su inobservancia pueda afectar más o menos directamente la salud pública
La observancia de los preceptos de la higiene pública está natural y necesariamente a cargo de los Gobiernos, de la Administración pública, de las Autoridades subalternas o locales, de sus agentes, etc
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