Respuestas
Podrán acceder a estudios oficiales de grado quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones.
Estudiantes de bachillerato mediante la superación de la prueba de acceso (PAU)Estudiantes procedentes de sistemas educativos de países de la Unión Europea o de otros estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales a este respecto que cumplan los requisitos exigidos en su respectivo país para el acceso a la universidad.Estudiantes extranjeros (no UE) previa homologación de sus estudios por el título de bachiller español y superación de la prueba de acceso por la Universidad Nacional de Educación a Distancia.Estudiantes que se encuentren en posesión del título de técnico superior de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas y alumnos en posesión del título de ténico superior deportivo correspondientes a las Enseñanzas DeportivasMayores de 25 años a través de la superación de una prueba de accesoMayores de 40 años, sin titulación que dé acceso por otras vías, mediante la acreditación de experiencia laboralMayores de 45 años, sin titulación que dé acceso por otras vías y que no puedan acreditar experiencia laboral relacionada con los estudios que se pretendan cursar, mediante la superación de un prueba de acceso.Titulados universitarios (graduados, licenciados, diplomados, ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos)Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o, habiéndolos finalizado, no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos.Alumnos que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 2/2006.2. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PLAZASLas universidades adjudicarán las plazas en primer lugar a aquellos estudiantes que hayan superado la prueba de acceso en la convocatoria ordinaria del año en curso o en convocatorias de años anteriores. El mismo criterio se establece para quienes hayan obtenido los títulos de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas Deportivas, estudiantes de sistemas educativos anteriores y titulados universitarios.
En segundo lugar a los estudiantes que superen la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria del año en curso.
Ninguna universidad pública podrá dejar vacantes plazas previamente ofertadas, mientras existan solicitudes para ellas, formalizadas dentro los plazos.
Una vez establecida esta prioridad, la adjudicación de las plazas se realizará en función de la nota de admisión que corresponda.
Estudiantes de bachillerato, estudiantes UE y estudiantes extranjeros con bachillerato homologados; la nota de admisión obtenida en la prueba de acceso (fase obligatoria y, en su caso, fase voluntaria)Estudiantes de sistemas educativos anterioresLa nota media resultante de promediar la puntuación obtenida, en su día, en las pruebas de madurez y la media del expediente académico del bachillerato superior y del curso preuniversitarioLa nota media del expediente académico del bachillerato unificado polivalente o, en su caso, del bachillerato superior y del curso de orientación universitaria, para los que hayan superado este último con anterioridad al curso 1974-1975La nota media del expediente académico de bachillerato para quienes hayan cursado planes de estudios anteriores al del año 1953Titulados universitarios, la nota media del expediente académicoTécnicos Superiores (FP y Enseñanzas artísticas) y Técnicos Superiores Deportivos, la nota final del expdiente académico del ciclo formativo más las calificaciones obtenidas en la fase voluntaria de la prueba de acceso.Mayores de 25 años, la calificación obtenida en la prueba teniendo en cuenta la vinculación de la opción por la que el estudiante se ha examinado en la fase específica con la titulación a la que se quiere acceder y la preferencia de admisión en la universidad o distrito universitario donde se hayan superado las pruebas.Mayores de 40 años mediante acreditación laboral, el resultado obtenido en el baremo de valoración teniendo en cuenta que el acceso se obtendrá para una titulación concreta de una universidadMayores de 45 años, la calificación obtenida en la prueba de acceso con preferencia de admisión en la universidad o distrito universitario donde hayan superado la prueba.3. PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS (PREINSCRIPCIÓN)La Preinscripción universitaria es el procedimiento administrativo mediante el cual las universidades públicas asignan las plazas de nuevo ingreso atendiendo, únicamente, a los criterios objetivos de admisión.
Los procedimientos de preinscripción se ordenan por distritos universitarios (universidades públicas de una misma comunidad autónoma).
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