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Derechos individuales; es un concepto perteneciente al Derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles.
Derechos colectivos: Se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo.
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