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nada......Ó╭╮Ò........
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El Código Sustantivo del Trabajo (CST) y el Código de Infancia y Adolescencia establecen otras características para que un menor de edad pueda trabajar en Colombia. Los menores que tengan 15 o 16 años solo pueden trabajar seis horas al día (máximo hasta las 6:00 p.m.) y máximo 30 horas semanales
Explicación:
Saludos
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