El habeas data busca poder defender la integridad física de los ciudadanos? V o F

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Respuesta dada por: jquintero408
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Respuesta:

Explicación: La investigación describe y analiza el nivel de protección al derecho de acceso a la información y la protección de datos personales o autodeterminación informativa, a través de las jurisprudencias de Hábeas Data resueltas por el Tribunal Constitucional del Perú durante los últimos cinco años (2010-2014). Se identifica los lugares de mayor incidencia de este tipo de garantías, el tipo de demandantes y demandados, la materia de la demanda y el tipo de fallos emitidos por el Tribunal que dieron fin a las demandas de Hábeas Data.

Palabras clave: Acceso a la información. Derecho a la información. Autodeterminación informativa. Hábeas Data. Protección de datos personales.

Abstract

The research describes and analyses the level of protection of the right of access to information and protection of personal data or informational self-determination, through the jurisprudence of Habeas Data determined by the Constitutional Court of Peru during the last five years (2010-2014). It identifies the places of highest incidences of this type of guarantee, types of plaintiffs and defendants, the matter of demand and the type decisions issued by the Court that ended to the demands of Habeas Data.

Keywords: Access to information. Right to information. Informational self-determination. Habeas Data. Personal data protection.

Introducción

El recurso de agravio constitucional denominado Hábeas Data, es una garantía que protege dos derechos fundamentales: el derecho a la información y la autodeterminación informativa o protección de datos personales; ambos, forman parte del ámbito de los derechos humanos, reconocidos y protegidos por los Tratados Internacionales y las Cartas Constitucionales de los diferentes países en los que impera el estado de derecho. No obstante, el avance de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, propias de la sociedad de la información en la que vivimos, las han puesto en riesgo, tal como lo advierte Flores (2011): "Es así que el surgimiento de la informática y su impacto en el ámbito jurídico, ha dado lugar a la figura de la "libertad informática" o "autodeterminación informativa", considerados como derechos de tercera generación, y que sean protegidos a través de normas constitucionales y normas específicas " (p.58).

1. El acceso a la información como derecho humano

El derecho de acceso a la información, es un derecho humano de tercera generación. Como lo manifiesta Salazar (2006), quien cita a Ekmekdjian y Pizzolo (1995):

Luego del logro jurídico sobre las libertades individuales y los derechos sociales se ha arribado a la tercera generación de los nuevos "derechos fundamentales donde figuran –entre otros- el derecho a la mejor calidad de vida, el derecho a la defensa del ecosistema, el derecho de los pueblos al desarrollo, al progreso, a la explotación de los propios recursos, a la paz, a la autodeterminación, a la integridad regional. También está incluido el derecho a la protección de datos o libertad informática". (p. 25)

Es la facultad de las personas de solicitar y acceder a la información pública que se encuentra en todas las entidades del Estado y las empresas privadas que presten servicios al público, Asimismo, se entiende por información pública, al conjunto de datos almacenados o creados por los diferentes organismos gubernamentales y que precisamente, por tener carácter público pertenece a todos los miembros de la sociedad, y que pueden ser solicitados sin expresión de causa o explicación alguna, y con solo el costo de su reproducción, tal como señala el Tribunal Constitucional en afinada síntesis y clara advertencia: "El derecho de acceso a la información pública resultaría siendo ilusorio si el costo que se exige por la reproducción de la información representa un monto desproporcionado o ausente de un fundamento real. Ello ocasionaría el efecto práctico de una denegatoria de información y, con ello, lesivo de este derecho fundamental".

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