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Deuda documentada a pagar
Son obligaciones de la entidad reconocidas a través de documentos, provenientes de transacciones vinculadas con sus operaciones normales o con operaciones de crédito a corto plazo, por préstamos recibidos o por la colocación de Letras por la Tesorería General de la Nación.
Deuda no documentada a pagar
Porción corriente de deudas no documentadas a largo plazo Comprende los importes del servicio de amortización, correspondiente al ejercicio, de las deudas contraídas por un plazo mayor a doce (12) meses, no respaldadas por documentos o títulos de crédito público.
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