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En el primero existe una subordinación pues se presta una actividad lícita mediante una remuneración, a favor de quien posee la facultad de dirigirla. En cambio, en el trabajo autónomo no existe dependencia, pues quien realiza la tarea lo hace en beneficio propio sin dirección ajena
Explicación:
jxaxc:
muchas graciasss
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0
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no te entendí me lo podrías explicar para poderte ayudar
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