Respuestas
Respuesta:
Organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, cultural, asistencial, de previsión y análogos de interés para los/as colegiados/as.
2.- Elaborar y aprobar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así como sus cuentas, liquidaciones y una memoria anual que deberá hacerse pública en el primer semestre de cada año con los contenidos que establezca la normativa vigente y en la que al menos se incluirá la gestión económica y la actuación disciplinaria.
3.- Establecer y exigir las aportaciones económicas de los/as colegiados/as.
4.- El cobro de los honorarios profesionales de los/as colegiados/as devengados en el ejercicio libre de la profesión se hará cuando el/la colegiado/a lo solicite libre y expresamente, a través del Colegio, y en las condiciones que se determinen el artículo 14 de los presentes Estatutos.