Averigua las leyes que hay en tu país para proteger a los menores de la explotación laboral
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Constitución Política del Perú
1)Defensa y respeto de la dignidad de la persona humana (artículo 1°).
2)Protección especial del niño y el adolescente (artículo 4°).
3)El Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan (artículo 23°).).
Explicación:
Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley Nº 27337, y normas complementarias y modificatorias
Niño definido como todo ser humano desde su concepción hasta cumplir 12 años de edad
Adolescente desde los 12 hasta cumplir 18 años de edad (artículo I).
El Estado reconoce el derecho de los adolescentes a trabajar, con las restricciones, siempre y cuando no exista explotación económica y la actividad laboral no represente riesgo, afecte la educación, la salud o sea nocivo para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social (artículo 22).
Regula las edades mínimas para trabajar (artículo 51); las autorizaciones para trabajar (artículos 50, 53 y 54); y, las condiciones de empleo (artículos 55 a 68).
Establece que el número máximo de horas trabajadas para los menores entre 12 y 14 años es de 4 horas por día con un máximo de 24 horas por semana. Mientras que el número máximo de horas trabajadas para los menores entre 15 y 17 años es de 6 horas por día con un máximo de 36 horas por semana.
La Legislación peruana prohibe el trabajo infantil por debajo de la edad mínima de 14 años conforme lo señala el Código del Niño y del Adolescente y el Convenio N° 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).