Respuestas
Respuesta:
Prohibiciones.- Se prohíbe a los comerciantes.
- Ejercer la actividad comercial en vías, aceras, portales o espacios públicos.
- Subarrendar los locales comerciales o puestos de venta.
- Utilizar los locales y puestos asignados para fines distintos a los establecidos en el contrato de arrendamiento o documento de asignación.
- Alterar el orden público provocando algazaras, griteríos y/o escándalos en los locales, puestos de venta o áreas comunales.
- Ingerir, introducir o vender bebidas alcohólicas o drogas para su consumo o el consumo de terceros dentro de las áreas de comercialización.
- Almacenar o vender materiales inflamables o explosivos.
- Expender productos con fecha de expiración cumplida o caducados.
- Instalar toldos, rótulos, tarimas, cajones, canastos y cualquier otro objeto que deforme los locales o puestos, obstruya puertas y áreas comunales, obstaculice el tránsito del público o impida la visibilidad.
- Causar en forma dolosa o negligente daños al edificio o sus equipos e instalaciones.
- Modificar los locales o puestos sin el permiso respectivo.
- Hacer mal uso de las instalaciones, como cuartos fríos, áreas de carga y descarga, ascensores, escaleras eléctricas, entre otras áreas.
- Portar cualquier tipo de armas dentro de los locales o puestos de venta.
- Usar pesas y medidas no aprobadas oficialmente.
- Llevar o mantener mascotas o animales vivos en las áreas de comercialización.
- Ejercer el comercio en estado de ebriedad.
- La presencia permanente de niños en los puestos, locales y áreas comunales.
- Mantener un comportamiento inadecuado con todo el personal que labora en las áreas de comercialización incluidos los clientes.
- Ejercer comercio ambulante en las áreas de comercialización.
- Cerrar injustificadamente los locales comerciales del mercado en horarios de atención.
Explicación:
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