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La participación infantil es un derecho y uno de los cuatro principios fundamentales de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), junto a los de no discriminación; interés superior del niño y el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo. La CDN establece que los Estados deben garantizar que el niño esté en condiciones de formarse un juicio propio, así como el derecho a expresar libremente su opinión sobre las situaciones que les afecten, teniéndose en cuenta las opiniones del niño en función de su edad y madurez (Art. 12 de la CDN).
Para que dicha participación sea genuina, se debe apoyar la construcción de una opinión informada por parte de los niños, niñas y adolescentes y promover el asociacionismo como un espacio propio de la infancia y adolescencia y de representatividad entre ellos. Además, se ha de considerar, como dice Roger Hart, que una nación es democrática en la medida en la que sus ciudadanos participan, especialmente a nivel local. La confianza y la competencia para participar se adquieren gradualmente, con la práctica. No se puede esperar que, repentinamente, los niños, al cumplir la mayoría de edad, se conviertan en adultos responsables y participativos sin ninguna experiencia previa en las habilidades y responsabilidades que ello conlleva. La participación es, por tanto, un derecho y una responsabilidad, ya que implica compartir las decisiones que afectan a la vida propia y a la vida de la comunidad en la cual se vive.
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corona plisss
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HKJHM