• Si el padre no regresara a la casa. •
Si el padre no hubiese sido comprensivo con su hijo.
ayudaría plis
Respuestas
Respuesta:el supuesto que vamos a tratar consiste en un matrimonio divorciado, dónde se atribuye la guarda y custodia a la madre y un régimen de visitas al padre. En un momento dado el padre, sin consentimiento ni conocimiento de la madre, coge al hijo común y se lo lleva a su domicilio y ya no lo devuelve mas, alegando para ello que el hijo no quiere volver con la madre ¿ Que hacer en este supuesto? En el post vamos a dar algunas ideas al respecto.
Este post ha sido editado por el abogado Ramón Eduardo Escribano Garés
1.- ¿ Que hacer en caso de Delito de quebrantamiento de los deberes de custodia:
En el Código Penal existe tipificada una conducta en el artículo 224, que consiste en el que indujere a un menor de edad a que abandone el domicilio familiar, o lugar de residencia con anuencia de sus padres será castigado con la pena de 6 meses a dos años. En concreto, sigue diciendo dicho artículo del Código Penal que, en la misma pena incurrirá el progenitor que induzca a infringir el régimen de custodia establecido por la autoridad judicial o administrativa.
Este tipo delictivo exige dos hechos concretos que deben recibir plena prueba:
a) Que no exista anuencia de los. padres, o de uno de los padres, es decir, que no exista consentimiento por estos.
b) Que el autor induzca al menor. Este es el elemento del tipo mas difícil de demostrar, ya que puede ocurrir que el padre de nuestro ejemplo no haya inducido al menor, sino simplemente lo haya recogido en su vivienda y sea el menor el que ha tomado la iniciativa en los hechos. Si esto fuera así, y se acreditara con la pericial correspondiente, considero que tendríamos problemas para justificar la comisión de este delito.
¿ Que hacer si concurren estos elementos? En este caso lo mas adecuado sería interponer denuncia penal inmediata.
Explicación: