• Asignatura: Salud
  • Autor: esme3004
  • hace 9 años

dilema ético en el trasplante de organos

Respuestas

Respuesta dada por: giselamariana
6

Principio 1

Los órganos de personas fallecidas pueden ser retirados con el propósito de trasplante si: 
(a) Se obtiene cualquier consentimiento requerido por la ley; y
(b) No hay ninguna razón para creer que la persona fallecida se opuso a tal retiro, en la ausencia de cualquier consentimiento formal expresado durante toda la vida de la persona.

Comentario: actualmente en México son aceptadas ambas opciones para la donación de órganos. Es uno de los cambios que se hicieron en la Ley de Salud del Distrito Federal en marzo de 2012, para coincidir con la Ley General de Salud, en la que se considera que la persona puede donar de forma expresa, teniendo que manifestarlo por escrito, o tácita, en la cual, se considera que si no se expresó por escrito el deseo de no donar, y si los familiares o quien funja como responsable lo aceptan, se pueden obtener los órganos de la persona que falleció. Con esta regulación, se busca proteger el principio de autonomía de cada persona, quien es la única responsable de decidir sobre su cuerpo o tejidos, y el qué hacer con ellos en vida o después de ella.

Principio 2

Los médicos que determinan que se ha producido la muerte de un donador potencial no deben estar directamente implicados en el retiro de órganos de los donadores y los procedimientos de trasplante subsecuente, o ser responsables del cuidado de los destinatarios potenciales de esos órganos.

Comentario: es obligación de cada país definir lo que se considera como muerte legal. Este principio busca evitar que las personas involucradas en el proceso de trasplante puedan tener conflictos de interés en la decisión del momento en que se considera que la persona ha fallecido y puede ser candidato a donar sus órganos.

Principio 3

Los órganos para el trasplante deben tomarse preferentemente de personas fallecidas. Sin embargo, personas adultas vivas pueden donar órganos, pero en general esos donadores deben estar genéticamente relacionados a los receptores. Puede haber excepciones en el caso de trasplante de médula ósea y otros tejidos con capacidad de regeneración aceptable.
Un órgano puede tomarse de un donador adulto con el fin de trasplante, si éste da su libre consentimiento. El donador debe estar libre de cualquier influencia y presión indebidas, y suficientemente informado para poder comprender y sopesar los riesgos, beneficios y consecuencias del consentimiento.

Comentario: este principio vuelve a reforzar la autonomía de la persona en relación a su decisión de convertirse en donador. Es uno de los principios modificados en los últimos años, en los que e incluyó a quienes deciden donar órganos en vida, y todavía no considera como una opción a quienes forman una dupla donador-receptor sin estar genéticamente relacionados, un punto que se encuentra en este momento en fuerte discusión, y que no limita esta posibilidad en los países en que es aceptada. En México se permite esta situación, cumpliendo los siguientes requisitos:

Obtener una resolución favorable del Comité de Trasplantes de la institución en que se haga el procedimiento, cumpliendo con las evaluaciones estandarizadas en cada sitioEl potencial donador debe otorgar su consentimiento expreso ante Notario Público, manifestando que éste es libre, consciente y sin que medie remuneración alguna. Este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento.Cumplir con los requisitos legales y procedimientos establecidos por la Secretaría de Salud para comprobar que no se está lucrando con el trasplante.

 

Un caso especial es el que ocurre con donadores extranjeros. Se les solicita que tengan acreditado un expediente y seguimiento clínico por al menos 6 meses antes del procedimiento si no se tiene parentesco, o dos semanas en familiares hasta cuarto grado.

Principio 4

Ningún órgano debe extraerse del cuerpo de un menor en vida con el fin de trasplante. Puede haber excepciones en la legislación nacional en el caso de tejidos con capacidad de regeneración.
Comentario: se busca proteger al máximo una población muy vulnerable como son los menores de edad. La legislación mexicana también ha incluido un artículo en especial para garantizar el cuidado de ellos.

Principio 5

El cuerpo humano y sus partes no pueden ser objeto de transacciones comerciales. Por consiguiente, dar o recibir el pago (incluyendo cualquier otra compensación o recompensa) de órganos debe prohibirse.



Respuesta dada por: evelinfichas8
0

Respuesta:

La Iglesia católica permite la donación de órganos, dado que el trasplante de órganos es conforme a la ley moral si los daños y riesgos físicos y psíquicos que pudiese padecer el donante son proporcionados al bien que se busca para el destinatario. Los trasplantes son una gran conquista de la ciencia al servicio del hombre y no son pocos los que en nuestros días sobreviven gracias al trasplante de un órgano.

Preguntas similares