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Bilateralidad: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone deberes, también concede derechos a uno o varios sujetos. ... Esta característica se opone a la unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento.
La diferencia consiste en que el Derecho es un orden coercitivo. Significa que el Dere- cho ordena una determinada conducta humana al proveerla de un acto coercitivo como una reacción contra la conducta.
También está la función de cambio progresivo, la cual se basa en que el Derecho es algo que debe ir cambiando conforme a las necesidades cambiantes de la sociedad. Resolución de conflictos de intereses – conflictos regulados por normas impositivas.