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Respuesta dada por:
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Respuesta:
¿Qué establece el artículo 14 bis de la Constitución Nacional?
Artículo Nº 14 bis de la Constitución Nacional
Explicación:
Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo. El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable.
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