Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
Artículo 27. –
Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
goku912:
yo dije explica con tus palabras no el artículo completo
Preguntas similares
hace 2 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 7 años
hace 7 años