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Aunque el Comité Jurídico Interamericano solo habría de ocuparse en forma
sistemática del tema de la democracia a partir del año 1991, durante su primera
década de funcionamiento tuvo que considerar en varias oportunidades temas
relacionados. Es el caso de los estudios que se presentan en esta sección, los
cuales se refieren, en su orden a la relación entre los conceptos de democracia y
no intervención (Dictamen de 1946); el reconocimiento de gobiernos de facto
(Proyecto de Convención de 1949) y la relación entre los derechos humanos y el
ejercicio de la democracia (Estudio de 1959).
Es interesante resaltar que en estos esfuerzos pioneros del Comité Jurídico
figuran ya, en embrión, nociones que más adelante serán reconocidas como
aceptadas por el derecho y la práctica interamericanos.
En el “Proyecto de Guatemala, Sometido a la Conferencia sobre Problemas de
la Guerra y de la Paz”, 1946, por ejemplo, se anticipaba que, si bien a estas alturas
de la evolución del derecho internacional la acción colectiva no parecía
justificarse con el fin de promover la democracia al interior de los Estados
miembros, no era descartable que la evolución de dicho derecho llevara a que “un
caso, que hoy y aquí es doméstico, puede, mañana y allí, asumir un carácter
internacional”. En esa oportunidad el Comité expresó también su firme
convicción de que la promoción de la democracia no es incompatible con el
principio de no intervención, aspecto fundamental que hubo de ser examinado
más adelante en numerosas ocasiones.