• Asignatura: Biología
  • Autor: jaimejosefatcrisosto
  • hace 2 años

carta para el presidente municipal sobre los cuidados y preservación de los ecosistemas del municipio​

Respuestas

Respuesta dada por: gutierrezlaidesf
1

Respuesta:

Explicación:

C. Sr. Miguel Franco Barba, Presidente Municipal Sustituto, del Municipio de

Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que en

Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, celebrada el día 23 veintitrés de abril del año

2008 dos mil ocho, se aprobó el Reglamento Municipal para la Protección del

Medio Ambiente y Equilibrio Ecológico de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, de la

siguiente manera:

REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO

AMBIENTE Y EQUILIBRIO ECOLÓGICO DEL MUNICIPIO DE

TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO

TÍTULO I

DEL OBJETO Y APLICACIÓN DEL REGLAMENTO.

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales.

Artículo 1- El presente reglamento es de orden público e interés social y se expide con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 y 115 fracciones II, párrafo segundo, y III, incisos

c) e i), numerales 77 fracción II y 79 fracciones lll y X, de la Constitución Política del Estado de

Jalisco; dispositivos legales 1, 2, 37 fracción II, 40 fracción II, 41, 42 y 44 de la Ley del Gobierno

y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, artículos 1, 4, 8, de la Ley General

del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; artículos 1, 4, 5, 8, 22, 26, 72, 79, 87, 99,

102, 116, 144, 146 y 154 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Artículo 2- El presente reglamento rige en el Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco y tiene

por objeto normar la preservación, protección y restauración del medio ambiente dentro de todo

proceso de transformación, actividad productiva, comercial o de trasporte, que generen

residuos o contaminación, así como inducir el aprovechamiento sustentable de los recursos

naturales, considerando de interés y utilidad pública:

I.- El ordenamiento ecológico dentro del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, en los

casos previstos en este Reglamento.

II.- El establecimiento de áreas naturales protegidas de jurisdicción Municipal.

III.- El cuidado y preservación de recursos naturales, flora y fauna procurando evitar el deterioro

grave o la extinción.

IV.- La prevención y control de la contaminación ambiental dentro del Municipio en suelo, aire y

agua.

Artículo 3- La aplicación de este Reglamento, compete en primera instancia al Presidente

Municipal y/o a quien este delegue por conducto del Departamento de Ecología y Medio

Ambiente, que forma parte de la estructura orgánica administrativa del Ayuntamiento, sin

perjuicio de las atribuciones que otorga de igual forma este Reglamento,

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