carta para el presidente municipal sobre los cuidados y preservación de los ecosistemas del municipio
Respuestas
Respuesta:
Explicación:
C. Sr. Miguel Franco Barba, Presidente Municipal Sustituto, del Municipio de
Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que en
Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, celebrada el día 23 veintitrés de abril del año
2008 dos mil ocho, se aprobó el Reglamento Municipal para la Protección del
Medio Ambiente y Equilibrio Ecológico de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, de la
siguiente manera:
REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO
AMBIENTE Y EQUILIBRIO ECOLÓGICO DEL MUNICIPIO DE
TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO
TÍTULO I
DEL OBJETO Y APLICACIÓN DEL REGLAMENTO.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales.
Artículo 1- El presente reglamento es de orden público e interés social y se expide con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 y 115 fracciones II, párrafo segundo, y III, incisos
c) e i), numerales 77 fracción II y 79 fracciones lll y X, de la Constitución Política del Estado de
Jalisco; dispositivos legales 1, 2, 37 fracción II, 40 fracción II, 41, 42 y 44 de la Ley del Gobierno
y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, artículos 1, 4, 8, de la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; artículos 1, 4, 5, 8, 22, 26, 72, 79, 87, 99,
102, 116, 144, 146 y 154 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo 2- El presente reglamento rige en el Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco y tiene
por objeto normar la preservación, protección y restauración del medio ambiente dentro de todo
proceso de transformación, actividad productiva, comercial o de trasporte, que generen
residuos o contaminación, así como inducir el aprovechamiento sustentable de los recursos
naturales, considerando de interés y utilidad pública:
I.- El ordenamiento ecológico dentro del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, en los
casos previstos en este Reglamento.
II.- El establecimiento de áreas naturales protegidas de jurisdicción Municipal.
III.- El cuidado y preservación de recursos naturales, flora y fauna procurando evitar el deterioro
grave o la extinción.
IV.- La prevención y control de la contaminación ambiental dentro del Municipio en suelo, aire y
agua.
Artículo 3- La aplicación de este Reglamento, compete en primera instancia al Presidente
Municipal y/o a quien este delegue por conducto del Departamento de Ecología y Medio
Ambiente, que forma parte de la estructura orgánica administrativa del Ayuntamiento, sin
perjuicio de las atribuciones que otorga de igual forma este Reglamento,