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El artículo 38, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los derechos o prerrogativas del ciudadano se suspenden, entre otros casos, por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a partir de la emisión del auto de formal prisión
Los derechos de ciudadanía se suspenden:
- Por interdicción judicial, mientras dure ésta, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta
- Por sentencia que condene a pena privativa de libertad. ...
- En los demás casos determinados en la Ley.
Anónimo:
gracias
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