Respuestas
Respuesta dada por:
2
Respuesta: Artículo 357. - Los trabajadores ylos patrones, sin ninguna distinción ysin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.
Explicación:
Preguntas similares
hace 2 años
hace 2 años
hace 2 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 7 años