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¿De qué habla la segunda parte de la constitución Argentina? Explicar. Describir.
Respuestas
Respuesta:
Segunda “Del Poder Ejecutivo” comprende cuatro capítulos. El Primero (arts. 87 a 93): “De su naturaleza y duración”; el Segundo (arts. 94 a 98) “De la forma y tiempo de elección del Presidente y Vicepresidente de la nación); el tercero: “Atribuciones del Poder Ejecutivo (art. 99) y el Cuarto, contenido en los artículos 100 a 107, trata “Del jefe de gabinete y demás ministros del Poder Ejecutivo”. El título de la Sección Tercera es “Del Poder Judicial”. Se divide en dos capítulos. El Capítulo Primero: “De su naturaleza y duración” está integrado por los artículos 108 a 115 y el Capítulo Segundo: Atribuciones del Poder Judicial, por los artículos 116 a 119. La sección Cuarta con un solo artículo, el 120, trata “Del Ministerio Público”.
Explicación:
La Constitución Nacional empieza con el Preámbulo y luego se divide en dos partes. La primera parte tiene dos capítulos: I) "Declaraciones, Derechos y Garantías", y II) "Nuevos Derechos y Garantías" (incorporado por la reforma de 1994).