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Un fideicomiso ciego (también conocido por su homólogo en inglés, blind trust) es un fideicomiso en el cual los beneficiarios no tienen ningún conocimiento de las inversiones del fideicomiso (quedando «ciegos»), y no tienen derecho a intervenir en su manejo. En un fideicomiso ciego, el fideicomisario tiene discreción completa sobre los activos. Los fideicomisos ciegos son generalmente utilizados cuando un fideicomitente o fiduciante desea que el beneficiario no sea informado de las ganancias concretas del fideicomiso.
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FIDEICOMISO CIEGO
El origen del fideicomiso moderno se encuentra en el Derecho Romano, una
institución creada en el marco del derecho sucesorio y basada fundamentalmente
en la relación de confianza.
El fideicomiso sirve de marco y sustento jurídico para la asignación de beneficios
económicos derivados de la propiedad de ciertos bienes, conforme a la voluntad
de su dueño y con efectos hacia el futuro. Su interés práctico deriva de tres
atributos:
1) los bienes que se dan para administrar son enajenados por su dueño, quien
los transfiere "a título fiduciario"
2) La transferencia "a título fiduciario" otorga a los bienes de inmunidad
respecto de los acreedores de quien los recibe. Los bienes quedan
amparados por un régimen de administración conforme a su naturaleza y al
destino previsto.
3) El fideicomiso sirve para instrumentar donaciones en vida del instituyente y
también para establecer disposiciones de última voluntad o a instituciones
de beneficencia y entidades de bien público que aprovechan el beneficio
para su objeto específico. También sirve para articular las relaciones de
índole comercial que deseen crear entre sí, el dueño original de los bienes y
sus contrapartes en un negocio, el fideicomiso cobija con igual facilidad
tanto operaciones individuales promovidas por empresas constructoras de
edificios y viviendas, como grandes fondos de inversión con multitud de
participantes.
Explicación: