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Respuesta:
En concreto, la Constitución Política del Perú regula la nacionalidad en su artículo 52: Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. ... Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú
Respuesta:
Se conoce como nacionalidad originaria a aquélla que se adquiere al nacer; cada sistema jurídico combina dos aspectos para determinarla: * el ius sanguinis: el derecho sanguíneo. . Se trata de asignar a una persona la nacionalidad que corresponde al territorio en el cual nació.
Hoy en día los nacionales pueden clasificarse en cuatro tipos: mexicanos por nacimiento, por naturalización, con doble o múltiple nacionalidad y residentes en el extranjero.
Explicación:
Espero que te sirva UwU saludos xd :3