¿CREES QUE LOS
PARTIDOS POLITICOS
ESTAN. RESPETANDO EL ARTICULO
187 DE LEY Nro 26859? ¿POR QUE?​

Respuestas

Respuesta dada por: emilianarodriguez765
1

Respuesta:

Artículo 187o.- Quedan prohibidos, como forma de propaganda política, el empleo de pintura en las calzadas y muros de predios públicos y privados, la propaganda sonora difundida desde el espacio aéreo, y la propaganda por

altoparlantes que no estén ajustados a lo dispuesto en el artículo anterior.

La propaganda política a que se refiere el párrafo anterior es permitida en los predios privados siempre y cuando se

cuente con autorización escrita del propietario.

Explicación:

Ese es el artículo ahora tú q crees, espero te ayude

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